ࡱ> ,.+ xbjbj .$jjxl L       $ "            d):m^  0L L IXNo10-06 Nota N 10/2006 Ministerio de Finanzas Direccin de Asesora Fiscal Crdoba, 24/02/06 Ref.: CI: 050678100143005. Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Inmobiliarios. Exencin de Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Sr. Secretario de Ingresos Pblicos: Vienen las presentes actuaciones a esta Direccin de Asesora Fiscal con la finalidad de emitir informe sobre la presentacin efectuada por el Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Inmobiliarios solicitando la exencin de pago en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para quienes desarrollen la actividad de corretaje inmobiliario en la provincia de Crdoba. A tal fin acompaan fotocopia de la peticin efectuada por ante la Legislatura de la Provincia de Crdoba en oportunidad de las modificaciones al Cdigo Tributario. Esta Direccin de Asesora Fiscal dado el planteamiento efectuado, en su momento, por el citado Colegio con respecto al trato desigual que el Cdigo Tributario aplica sobre el tratamiento a dispensar a los corredores inmobiliarios y a los martilleros, pues, estos ltimos se encuentran exentos del impuesto artculo 167 inciso 12)-, cuando ambas disciplinas profesionales estn nucleadas y regidos por una misma Ley de Celegiacin (Ley 7191), ha emitido informe mediante Nota N 78/2002. Del anlisis efectuado por esta instancia y vertido en la precitada nota se desprenda, que: Teniendo en cuenta lo manifestado ut-supra y en lo que respecta a nuestro ordenamiento provincial, el artculo 167 inciso 11) establece que: ...Estn exentos del pago de este impuesto...11) Los honorarios provenientes del ejercicio de la actividad profesional con ttulo universitario o terciario, de maestros mayores de obra ciclo superior- otorgados por establecimientos reconocidos que emitan ttulos oficiales. Esta exencin no alcanza a la actividad cuando estuviera ejercida en forma de empresa, por lo tanto, cuando el corredor inmobiliario posea ttulo de grado o terciario, debidamente acreditado para el desempeo de su actividad y se halle inscripto en el Registro de Corredores Inmobiliarios y siempre que se cumplimenten los requisitos establecidos por el artculo precedente, esta Direccin de Asesora Fiscal estima que el sujeto queda comprendido dentro de la exencin precitada. De acuerdo a lo previsto por la Ley y compartiendo criterio que la Divisin Tributaria de la Direccin de Rentas ha emitido en su informe N 3714 de fecha 16/04/1998, se infiri que la actividad de los martilleros y corredores inmobiliarios, es una actividad profesional y, que para ejercer la misma deben estar inscriptos en la matrcula. Sus ingresos son honorarios, ms all de ser un porcentaje de la operacin. Por lo expuesto supra, salvo mejor criterio de la superioridad, esta Asesora entiende que no es necesario realizar o introducir modificaciones al Cdigo Tributario Provincial. En lo que respecta al planteo efectuado de que las comisiones de los corredores inmobiliarios se encontraban exentas del pago del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos hasta el ao 1996 inclusive, en tanto la actividad no sea desarrollada en forma de empresa artculo167 inciso 12)- es dable destacar que con motivo de esa sustitucin el legislador procedi a incorporar dentro del Rgimen Especial de Tributacin a las comisiones de corredores inmobiliarios, inscriptos en la matrcula prevista por la Ley 7191 en tanto la actividad sea desarrollada sin empleados. Por lo que nicamente quedan obligados a tributar el impuesto aquellos Corredores Pblicos, matriculados que no tienen ttulo terciario no universitario, situacin que esa ley permita con anterioridad, cuando se hallaban ejerciendo la profesin y cumplan determinados requisitos exigidos en ese entonces y todos aquellos sujetos que ejerzan la actividad en forma de empresa. Es cuanto se informa. Cr. Pablo Michelini Director Direccin de Asesora Fiscal Nota S.I.P. N 09/2006 Sra. Presidenta del Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Pblicos De la Provincia de Crdoba Marcela Agustino Ibez S / D Ref.: C. I. N 50678100143005 Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en respuesta a la nota de referencia, en tal sentido se acompaa a las presentes el informe N 10/2006, realizado por la Direccin de Asesora Fiscal, cuyas conclusiones comparte el suscripto. Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarle cordialmente. Dr. Jorge Crdoba   Pf2xmH sH 5\  3PQcd, v N&/LM$a$$a$xMNefh}12abcdvwx$a$$a$$a$$a$,1h/ =!"#$%  i8@8 NormalCJ_HaJmH sH tH 6@6 Ttulo 1$$@&a$5\0@0 Ttulo 2$@&5\6@6 Ttulo 3$$@&a$5\FA@F Fuente de prrafo predeter.@B@@ Texto independiente$a$x$ 3PQcd,v N &/LMNefh}12abcdvwz000000000000000000000000000000000000(0000000000000xMxx8@0(  B S  ? %SX!"0UWzghxy67d e 0Uz Qc&fhUdwzConsultas y Datos (PC N 11)[C:\WINDOWS\Application Data\Microsoft\Word\Guardado con Autorrecuperacin de Documento1.asdConsultas y Datos (PC N 11)\\Pc68\c\Temp\IXNo10.docAdriana NadayaJ:\Cordoba\IXNo10-06.doc@VV@VVxp@UnknownG:Times New Roman5Symbol3& :Arial"q;Lb&;L g!202 IXNo10-06Consultas y Datos (PC N 11)Adriana Nadaya Oh+'0 ,8 T ` l x IXNo10-06 XNoConsultas y Datos (PC N 11)Mionsons Normal.dot Adriana Nadayao4riMicrosoft Word 9.0P@e@Z,&@Z,&@,3)g ՜.+,0  hp  EDITORIAL CONSULTORA RQ SRL  IXNo10-06 Ttulo  !"$%&'()*-Root Entry F@)/1TableWordDocument.$SummaryInformation(DocumentSummaryInformation8#CompObjkObjectPool@)@)  FDocumento Microsoft Word MSWordDocWord.Document.89q